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UNIVERSIDAD JUÁREZ  AUTÓNOMA DE   TABASCO. DIVISIÓN ACADÉMICA DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES   Mala Práctica Médica Alumnos: María Fernanda de Dios Córdova Jessica Liliana De Dios Suarez Mayra Melissa García Magaña Ricardo Jiménez de la Cruz José Guadalupe Lázaro Lázaro Grupo: D4E Villahermosa, Tabasco a 15 de mayo de 2018 Indice de Contenidos INTRODUCCION .. 3 DESARROLLO .. 5 NEGLIGENCIA MÉDICA. 5 IMPERICIA .. 8 IMPRUDENCIA MÉDICA .. 9 FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL SOBRE LA MALA PRÁCTICA MÉDICA    11 PROPUESTA .. 15 CONCLUSIÓN .. 16 TRABAJOS CITADOS .. 17
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INTRODUCCIÓN

                                                       Ricardo Jimenez De La Cruz                                                 -dcruz_ricardo25@hotmail.com                                                          -ricardo.dlacruz2598@gmail.com En medicina como en otros ámbitos se puede dar la mala práctica, esto es una violación a los principios médicos fundamentales. El medico está obligado a desarrollar sus habilidades, sus conocimientos, la ciencia sobre el paciente, actuar con prudencia y tratar de que el paciente mejore y si no es así no ser responsable de los resultados obtenidos. Al médico solo podrá culparse cuando se demuestre que fue su responsabilidad, que descuido al paciente, no utilizo sus conocimientos o no aplico los medicamentos correspondientes. La impericia, negligencia y dolo; son los tipos de mala práctica reconocidos en el derecho mexicano. ·          La impericia se presenta cuando el profe

IMPERICIA MÉDICA

                  Alumna: Maria Fernanda De Dios Córdova                                  maferdedios@gmail.com       Conoce los Antecedentes de la Impericia                      Para saber más, te puede interesar la siguiente   linea del Tiempo :           Impericia Médica       ¿Qué es la impericia?    Observa el siguiente esquema dando click                     Te gustaría jugar y saber más de la impericia? Mala Practica Médica         Hay mas juegos! Aprende de manera divertida Mala Practica Médica       Aqui puedes disfrutar de una sopa de letras de la Impericia Médica: Mala práctica médica  Nos encantaría saber tu opinión acerca de la impericia y la mala práctica médica. Realiza la siguiente encuesta:                                                  Quieres saber aún más?                                           Te dejamos los siguientes videos acerca de la impericia: Vid

NEGLIGENCIA MEDICA

JESSICA LILIANA DE DIOS SUAREZ NEGLIGENCIA MÉDICA. La negligencia médica se puede definir como una carencia de atención durante un ejercicio médico. Esto puede ser descuido, omisión o falta de aplicación o diligencia en la ejecución del acto. Por lo tanto se habla de negligencia cuando un prestador de servicios de salud teniendo los conocimientos requeridos, por descuido y omisión no los aplica y provoca un daño al paciente. “La responsabilidad de un médico que ejerce su profesión es de suma importancia en el ámbito jurídico. Es necesario que el medico asuma su verdadera responsabilidad al ejercer su práctica profesional y debe estar obligado a reparar un daño cuando este se produzca por causas imputables a él mismo. Ante un caso de negligencia médica existe una consecuencia jurídica que debe afrontar el médico prestador del servicio.”   (Cervantes, 2017) En el marco legal mexicano, el ejercicio profesional de un médico, en el sistema nacion

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL SOBRE LA MALA PRÁCTICA MÉDICA

José Guadalupe Lázaro Lázaro Contacto: jg.lazaro.121288@gmail.com En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4 en su fracción tercera el Estado nos garantiza el Derecho a la protección de la salud que menciona: “ Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”. De esta manera para el cumplimiento de este derecho, se establecen las siguientes finalidades en el artículo 2 de la Ley General de Salud : Artículo 2o .- El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: I . El bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; II . La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vid